Avances del Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio y Oral
Debates Constitucionales / Ana Laura Magaloni vs. Gerardo Laveaga vs. Maria Elena Morera
Ene 29, 2011
La absolución dictada por tres jueces en Chihuahua de Sergio Rafael Barraza, quien fue acusado de matar y destazar a su esposa Rubí Frayre, ha generado que especialistas analicen el avance que ha tenido el nuevo sistema de justicia penal acusatorio y oral que se está implementando en Chihuahua y algunos otros estados de nuestro país.
En primer lugar, Ana Laura Magaloni señala que a pesar el trágico desenlace, con el nuevo sistema la apertura de los tribunales a la ciudadanía permite un escrutinio social y mediático sobre la actividad de los jueces que antes no se veía.
En segundo lugar, Gerardo Laveaga describe que los jueces de Chihuahua que absolvieron al asesino de Rubí en sus argumentos señalan que se apegaron a los principios procesales, respetaron las condiciones que señala la ley de Chihuahua y actuaron conforme a la dogmática penal. Su falla, más bien fue, que no encontraron la manera de conducir un proceso más creativo y más justo.
En tercer lugar, María Elena Morera indica que el cambio al sistema acusatorio oral es enorme, aunque la transición ha sido lenta. Y aún existen fallas graves por corregir. Ciertamente, no se puede cambiar la cotidianidad del papeleo y manoseo de expedientes de un día para otro. Aunque datos del INEGI, reflejan que en los estados que implementan el nuevo sistema muestran un considerable aumento de las condenas.
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Temario, Derecho Constitucional
Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México / Dr. Enrique Ochoa Reza
Ago 27, 2010
Derecho Constitucional
Facultad de Derecho, Universidad Nacional Autónoma de México
Dr. Enrique Ochoa Reza
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Los Juicios Orales en México: una propuesta de reforma
Instituto de Investigaciones Juridicas / Miguel Carbonell, Enrique Ochoa Reza
Nov 21, 2009
La reforma completa del sistema penal mexicano requiere de un proceso de reingeniería que se mueve en varios niveles y planos: abarca desde la reforma constitucional, la emisión de nuevos códigos legislativos, la capacitación del personal que va a operar la reforma en la práctica (lo que incluye, desde luego, la capacitación de los futuros abogados), la generación de la infraestructura necesaria para llevar a cabo las audiencias de juicio oral, la creación de un cuerpo de peritos que permita contar con una investigación científica de los hechos delictivos, el diseño de un sistema de medidas alternativas al juicio y de los correspondientes mediadores o de jueces de garantía que lo hagan funcionar, etcétera.
Realizar aunque sea una somera descripción de todos esos asuntos rebasa con mucho el objetivo del presente ensayo, por lo que nos limitaremos a aportar algunas ideas en el plano más general: el que corresponde a las reformas que requiere nuestra Carta Magna en la materia.
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¿Es Constitucional Despenalizar el Aborto?
Debates Constitucionales / José Luís Soberanes vs. José Woldenberg vs. Paz Fernández Cueto
Jun 14, 2009
El 25 de abril de 2007, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó diversas reformas al Código Penal y a la Ley de Salud del Distrito Federal despenalizando el aborto dentro de las primeras 12 semanas del embarazo. Días después la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y la Procuraduría General de la República (PGR) iniciaron una Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte en contra de dichas reformas. El debate público ha sido intenso y ha cubierto diversos aspectos jurídicos, éticos, de salud pública y religiosos sobre este tema. Aquí se presentan tres artículos que analizan la constitucionaldad de la reforma. Primero, el Dr. José Luís Soberanes, Presidente de la CNDH, describe las razones que lo llevaron a promover la Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte. En segundo lugar, José Woldenberg, Director de la Revista Nexos, argumenta que el aborto no es un delito. Finalmente, Paz Fernández Cueto, describe los argumentos principales de organizaciones pro-vida sobe la inconstitucionalidad de las reformas.
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Reseña del libro ¿Qué Son y Para Qué Sirven los Juicios Orales?
Foreign Affairs, Latinoamérica / Ricardo Solano Olivera
Jul 1, 2008
Si bien para la mayor parte de la población los procesos judiciales son un tema lejano, es muy importante entender su desarrollo, pues son una base fundamental de la democracia en cualquier país. Con un lenguaje directo y sin ahondar en cuestiones técnicas que sólo podrían conocer los abogados, Miguel Carbonell y Enrique Ochoa muestran una clara visión de los juicios orales, su importancia y las perspectivas de su desarrollo en México.
En medio de un debate nacional en el que hay voces que urgen a los legisladores a adoptar un sistema acusatorio y dejar de lado el sistema mixto mexicana –más proclive a ser inquisitivo-, los autores de este libro describen con precisión las ventajas que ha tenido el sistema acusatorio que introdujo Chile en 2000. En ese país sudamericano, se ha reducido la duración de los juicios, lo que los ha hecho más efectivos y transparentes, logrando una mejor impartición de justicia. En el libro se describen las características de los procesos penales en Chile donde, desde principios del siglo XX, no se hicieron cambios significativos y se acercaba mucho a un sistema inquisitivo puro. La transición a un sistema moderno y efectivo demuestra los cambios democráticos que han venido sucediendo desde el fin de la dictadura chilena.
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Invitación
La Suprema Corte de Justicia de la Nación / ¿Qué Son y Para Qué Sirven Los Juicios Orales?
Jun 3, 2008
El miércoles 4 de junio a las 6pm el Ministro Presidente de
la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, Guillermo I. Ortiz Mayagoitia moderará la presentación del libro ¿Qué Son y Para Qué Sirven los Juicios Orales? Escrito en co-autoría por el Dr. Miguel Carbonell y el Dr. Enrique Ochoa Reza. Los presentadores del libro serán el Ministro José Ramón Cossío Díaz y el Ministro Juan N. Silva Meza. El evento se llevará a cabo en el auditorio de la sede alterna de
la Suprema Corte de Justicia de
la Nación ubicada en Av. Revolución 1508, Planta Baja.
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La reforma al sistema de justicia penal en México: Algunas evidencias para la Discusión
Instituto de Investigaciones Juridicas / Miguel Carbonell, Enrique Ochoa Reza
Nov 21, 2007
En los últimos años hemos discutido intensamente en México sobre la necesidad de emprender una profunda reforma al sistema de justicia penal. Creemos que tal reforma es urgente e indispensable y que debe ser tan amplia y comprensiva como sea posible . Sin embargo, consideramos que en términos generales la discusión que se ha emprendido ha pasado por alto la evidencia empírica disponible, de forma que muchas veces se discute sobre temas respecto de los cuales no se sabe cómo operan en la práctica o se ignora la magnitud de ciertos procesos que quieren cambiar. En las siguientes páginas ofreceremos algunos datos estadísticos que estimamos que son relevantes para discutir con cierta base empírica cualquier tipo de reforma que se decida emprender al sistema penal mexicano.
Para nosotros la mejor reforma que se podría dar sería aquella que incorporase el modelo de proceso penal acusatorio, basado en los juicios orales y que sea acorde con los estándares internacionalmente reconocidos del debido proceso legal.
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