Se busca líder
Ana Laura Magaloni Kerpel
A pesar del trágico desenlace del caso de Rubí, hay algo novedoso y esperanzador en el nuevo sistema: la apertura de los tribunales ha permitido un escrutinio social.
Nadie ha asumido la paternidad (o maternidad) de la reforma al sistema de justicia penal en México. Es una reforma huérfana en términos políticos. El presidente Calderón, quien era el líder natural de esta reforma, no cree que sea el momento oportuno de un cambio de esta envergadura. Si los gobernadores le quieren entrar a la implementación de la reforma, es asunto de ellos y se pueden ir por la libre. No hay quien esté poniendo los estándares mínimos de calidad ni las rutas críticas obligadas para su implementación. La reforma penal en México está a la deriva.
Esta orfandad política hace que errores como los que cometieron los jueces de Chihuahua en el caso de Rubí Frayre adquieran una dimensión extraordinaria. La tentación de colocar en el banquillo de los acusados a la reforma penal es enorme. Muchos creen que los jueces absolvieron a Sergio Barraza porque la confesión que rindió ante el MP, en donde admitía haber asesinado a su esposa, no tiene valor probatorio en el juicio oral. Éste ha sido en parte el argumento de los tres jueces que dictaron la sentencia.
La aseveración esconde un veneno peligroso. Implícitamente parece sugerir que la única manera de tener éxito en casos tan dramáticos como el de Rubí es a través de preservar la vieja práctica autoritaria de recabar evidencia con pleno valor probatorio sin la supervisión del juez. Es decir, de seguir construyendo acusaciones penales en lo oscurito y a la mala.
En el viejo régimen el sistema penal operaba de la siguiente manera. La policía judicial tenía una especie de cheque en blanco para incomunicar, intimidar y hasta torturar a detenidos. Muchos de ellos confesaban su participación en el delito a base de tehuacanes en los separos de las procuradurías. Por su parte, el MP se dedicaba a simular que se había investigado legalmente el caso. Su trabajo consistía en armar un expediente, lleno de papeles y diligencias innecesarias. En realidad la única prueba relevante era la confesión del propio acusado. Finalmente, los jueces preferían cerrar los ojos frente a la arbitrariedad: todo lo que el MP había anexado al expediente, inclusive la confesión, tenía pleno valor probatorio ante el juez. No hacía falta nada más.
La reforma de juicios orales busca terminar con este modelo de persecución criminal. Por tanto, una de sus reglas centrales es prohibir que el MP y la policía puedan construir acusaciones en lo obscurito. En el nuevo sistema de enjuiciamiento penal las únicas pruebas que puede valorar el juez son las que se desahogan frente a él. La confesión de Barraza ante el MP no puede ser prueba en un juicio oral. Sin embargo, yo creo que su absolución no tuvo que ver con ello.
Denise Maerker, hace dos semanas, en- trevistó a los tres jueces que absolvieron a Barraza. Me invitó a escuchar las entrevistas y a que diera mi opinión sobre lo que ellos argumentaban. Una y otra vez los jueces sostenían que la evidencia no había sido suficiente. Sin embargo, el MP aportó testimonios que daban cuenta de los incidentes de violencia entre la víctima y el acusado, también el testimonio de un tal Ángel que aseguraba que Barraza le había pedido ayuda para deshacerse del cadáver de Rubí, existía la declaración del propio acusado pidiéndole perdón a la madre y, por si fuera poco, un abogado defensor que no pidió la absolución del acusado sino que la pena fuera de 20 años y no de 50. ¿Cuál era exactamente la prueba que estaban esperando los jueces para condenar a Barraza?
Yo creo que los jueces estaban operando con el chip autoritario. En el viejo sistema, los jueces no valoraban la evidencia propiamente. Su trabajo consistía en revisar que el MP hubiese anexado a la averiguación previa un catálogo fijo de diligencias que se estimaba deberían existir para cada delito. La absolución o la condena dependía en buena parte de la habilidad del MP para cumplir con dicho catálogo. En el nuevo sistema los jueces tienen que aprender a valorar la evidencia. Este ejercicio pasa por entender que las pruebas no hablan por sí solas. No hay tal cosa como que la prueba "revela la verdad", ni mucho menos un catálogo fijo de pruebas. Más bien, lo que existe es una teoría del caso que propone el MP y otra la defensa y una estrategia de litigio para convencer al juez de cómo deben interpretarse y valorarse las pruebas ofrecidas. Lo que plantean las partes es un punto de vista posible para mirar el caso. Al juez le toca la última palabra. A diferencia del viejo régimen, en el nuevo sistema el juez tiene poder y autoridad.
Los jueces de Chihuahua no entendieron la responsabilidad que conlleva su nuevo poder. Se equivocaron. Sin embargo, a pesar del trágico desenlace del caso de Rubí, hay algo novedoso y esperanzador en el nuevo sistema: la apertura de los tribunales a la ciudadanía ha permitido un escrutinio social y mediático sobre la actividad de los jueces nunca antes visto. Frente a las miles de hojas incomprensibles de la averiguación previa, el juicio oral hace que el mundo del derecho y la justicia pueda ser entendible por todos y que lo que sucede en los tribunales se inserte en la vida colectiva. Posiblemente éste sea un nuevo camino para reconstruir la autoridad de la ley y del Estado. Se busca un líder político que le apueste a este camino, a esta reforma.
Jueces que no meten gol
El caso Rubí, en Chihuahua, logró que la sociedad esté enterada de lo que ocurrió y obligó a que los jueces rindan cuentas
Gerardo Laveaga
Ciudad de México (30 enero 2011).- Si usted fuera director técnico de un equipo de futbol, ¿conservaría a aquellos jugadores que, desde que firmaron su contrato, no han metido gol ni realizado jugadas oportunas? Imagine que, al despedirlos, los jugadores protestaran, aduciendo que ellos se habían presentado puntualmente a los entrenamientos, nunca habían llegado ebrios y, más aún, habían desplegado las técnicas futbolísticas más sofisticadas en cada partido.
La reflexión viene al caso a propósito de los jueces de Chihuahua que absolvieron al asesino de la joven Rubí Frayre en un juicio oral. Sus argumentos para haber emitido sentencia absolutoria son impecables: se plegaron a los principios procesales, respetaron las condiciones que señala la ley de Chihuahua y actuaron conforme a la dogmática penal. Nadie los podría sancionar por ello.
Pero a un juez no se le contrata sólo para que siga las normas. Ni siquiera para que las haga cumplir, como en el caso de los árbitros en el futbol. En los términos del artículo 20 constitucional, se espera que él dirija un proceso cuya finalidad sea "el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen". Esto, naturalmente, tiene que hacerlo ceñido al debido proceso. Jugando limpio, vaya.
Y esto fue, precisamente, lo que no hicieron los jueces del caso Rubí: pretextaron que, al prohibírseles tocar la pelota con la mano, era imposible meter gol. Sin embargo, con las reglas que tenían y las enormes posibilidades que les otorgaba la ley, debieron hallar la manera de conducir un proceso más creativo y, desde luego, más justo.
Cuando converso con abogados de Inglaterra o Francia, de Estados Unidos o España, su comentario es similar a la hora de calificar a los tribunales de nuestro país: "en México", estiman, "los jueces penales no juzgan: son meros inspectores de control de calidad". Se limitan a verificar si el agente del Ministerio Público hizo bien su trabajo. Actúan como autómatas, que consultan un instructivo y ven si, de acuerdo con éste, deben condenar o absolver. En ambos casos, se lavan las manos, declarando que la absolución o la condena es imputable al Ministerio Público.
Soy admirador de la función judicial y, quizás por ello, soy tan severo a la hora de evaluar a aquellos burócratas judiciales que carecen de compromiso social. La función de los jueces no es aplicar un recetario –eso puede hacerlo cualquiera– sino fungir como impartidores de justicia. Aclaro: no en actuar como "justicieros", cuya sola idea pone los pelos de punta a cualquiera, sino como servidores públicos responsables que, sin violar las reglas, generen confianza en la sociedad, absolviendo al inocente o castigando al culpable de un delito.
"La justicia es un asunto estrictamente técnico", me espetó una vez un magistrado. Su aseveración me aterró. Si lo fuera, pensé, en ningún país desarrollado existiría la figura del jurado popular que –en opinión de muchos juristas internacionales– sigue siendo el método más eficaz de cuantos se han diseñado para administrar justicia: un grupo representativo de la sociedad decide la inocencia o culpabilidad de un indiciado, a partir de lo que se expone en un juicio público. El juez, simplemente, determina la sanción a partir de dicho criterio.
En México no contamos con jurados populares, ni con magistrados legos, pero estamos construyendo un nuevo sistema acusatorio que, apuntalado en la publicidad y transparencia, nos permitirá ver de qué están hechos nuestros jueces, defensores, agentes del MP, peritos y policías. Creo, por lo anterior, contra lo que algunos opinan, que el caso Rubí no ha demostrado la ineficiencia de los juicios orales sino, al contrario, su excelencia. Ha logrado que la sociedad esté enterada de lo que ocurrió y de que los jueces rindan cuentas, en los términos del artículo 17 de la Constitución.
Hacía mucho tiempo que no podíamos examinar con tanta nitidez un caso como el de Rubí. A pesar de la tragedia que entrañó, de la desafortunada intromisión de algunos políticos y de la estrechez de criterio de tres de sus protagonistas, hay que celebrar la apertura: avanzamos por buen camino hacia un juego de ligas mayores, donde nuestros jueces tendrán que entender que, en el sistema acusatorio, no son árbitros sino centros delanteros. Y, en este sistema, la afición estará más atenta, más exigente y más crítica que nunca.
El autor es director general del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe)
El Universal
Oralidad: justicia o “reality show”
Más de María Elena Morera
29 de enero de 2011
Recuerdo cuando se impulsó en 2004 la transformación del sistema de justicia por un sistema acusatorio oral. Queríamos que la participación de jueces y víctimas fuera más activa y directa. Queríamos que fuera transparente. Queríamos que garantizara por igual los derechos de todos.
Entonces, el juez Francisco M. Sáenz Moreno afirmaba que era un gran reto porque teníamos que divorciarnos del conocimiento del viejo sistema de justicia penal escrito, para dar paso a una nueva forma de pensar. Seis años después, el reto sigue vigente.
El cambio es enorme, es en la ley, es en los espacios físicos, es en la enseñanza, es en las pruebas, es en los procesos, etc. Todo esto es importante, pero el cambio es, principalmente, de mentalidad para reconocerlo como un cambio de ser y hacer completamente distinto.
Ésta es una de las razones por las que la transición ha sido lenta. No es fácil transformar la cotidianidad del papeleo y manoseo de expedientes para hacer que los Ministerios Públicos (MP) y jueces se ubiquen en el centro de la responsabilidad en la impartición de justicia. Un reto que terminará por enaltecer su trabajo, estoy segura. Pero que mientras se logra, seguirá provocando miedo, descontento, resistencia.
Según datos del INEGI 2007-2009, los resultados hasta el momento en los estados con esta nueva modalidad, muestran un considerable aumento de las condenas. En el anterior sistema, apenas una de cada cinco investigaciones se concluía satisfactoriamente, y en esta nueva modalidad, la efectividad se triplica. En estados como Nuevo León, la cifra alcanza 69% de efectividad. En este nuevo sistema acusatorio, el uso de la tecnología en la grabación de las audiencias es también una plataforma novedosa. Diseñada para transparentar la actuación de todos los involucrados; para conocer la aceptación o el rechazo de los argumentos y sentencias. Para disponer de un material que sirva para corregir fallas.
Mediante este sistema de grabación conocimos la forma como se dictó sentencia en el gravísimo caso de Rubí Frayre. Nos percatamos de que en Chihuahua existen vicios y tecnicismos jurídicos. Tienen mucho por hacer. Pero no podemos dejar de reconocer que aún con graves fallas por corregir, éste es exitoso. Según su Centro Estatal para la Instrumentación del Nuevo Sistema, tienen una efectividad de 41.9% en sentencias condenatorias mayores a tres años.
Pasar de 2.1 a 9.45% de probabilidad a ser detenido es una muestra de éxito para las víctimas. Y aun más importante, gracias al estudio de estas grabaciones, la Judicatura del estado se dio cuenta de la falla jurídica y cambió la sentencia por una condenatoria.
En nuestro país, no hay un jurado popular que decida la responsabilidad de los inculpados junto con el juez como en el sistema de EU. Sería muy riesgoso para nuestra democracia que dejemos esa responsabilidad en manos de la videocracia que, sin argumentos jurídicos, hace juicios sumarios, justificados en vox populi, vox dei.
Pareciera que es una era de impartición de la justicia similar a un reality show, donde no importa la ciencia jurídica, sino el escándalo que atrae multitud de adjetivos y opiniones que dañan la construcción de un sistema acusatorio, y que rompe con nuestras Instituciones.
La impartición de la justicia en cualquier sistema no tiene por qué obedecer los dictámenes de la videocracia. Su lógica jurídica tiene que partir de resultados tangibles y corregibles para ser pronta, expedita e imparcial. Tenemos que exigir que se garantice el equilibrio jurídico para las víctimas y también para los posibles victimarios. El Estado tiene que ser justo, no vengativo.
El cambio de mentalidad nos ayuda para situarnos en el progreso y diferenciarnos del viejo sistema de justicia, donde rara vez existe el contacto con los jueces y prácticamente todo lo resuelven sus secretarios de acuerdos. Hoy hay miles de personas recluidas sin haber visto nunca al juez que dictó la sentencia. Hoy hay millones de víctimas enojadas por no tener sus casos resueltos.
Defender la oralidad como parte de este progreso es responsabilidad de medios de comunicación, organizaciones sociales, jueces y víctimas, ya que nos permite a todos conocer nuestras leyes, reconocer a nuestras autoridades y, desde luego, exigir que se corrijan las fallas que existen y que se presentan por las resistencias generacionales al cambio.
El peor escenario que nos puede ocurrir es que se suspenda la implementación. Es permitir que MP y jueces sigan aplicando la ley a su libre albedrío. Es que autoridades o ciudadanos “con influencias” ordenen a procuradores lo que deben o no hacer. El peor escenario es que hagamos a un lado los avances del nuevo sistema oral para quedarnos en el pasado donde la opacidad impere, juzgue la impunidad y nos gobierne el miedo.