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Artículos en Revistas


El Derecho Comparado frente a las Reformas Legislativas, El Caso de Chile.
Revista de Derecho, División de Ciencias Jurídicas de la Universidad del Norte, Barranquilla, Colombia / Dr. Miguel Carbonell y Dr. Enrique Ochoa Reza
Dic 1, 2009

 

Desde la perspectiva de la importancia del Derecho comparado para analizar el desarrollo de los sistemas jurídicos contemporáneos, este artículo se ocupa de la reforma del sistema de justicia chileno. Este proceso de transformación en materia penal se distingue de otros similares por dos características: a finales de la década de los noventa, el sistema penal chileno era uno de los de mayor cercanía al modelo inquisitivo puro; y también era uno de los últimos en la región en iniciar su proceso de transformación hacia un sistema acusatorio y oral. Se destaca en este contexto la participación de la sociedad civil en las reformas y se analiza la forma en que se aprueba el cambio de sistema penal en Chile por uno acusatorio y oral, así como los seis principales elementos de la reforma. Los problemas que ha acarreado la implementación gradual de la reforma merecen, asimismo, la atención de los autores. Finalmente, se estudian los retos venideros.

 

Palabras clave: Derecho comparado, reforma penal, sistema penal acusatorio, sociedad civil.

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Entrevista a la Jueza Sandra Day O´Connor
Revista Justicia Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación / Dr. Enrique Ochoa Reza
Dic 1, 2009

 

La revista Justicia Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en la Tercera Época, vol 1, núm. 4, 2009. Público la entrevista que el Dr. Enrique Ochoa Reza, Director del Centro de Capacitación Judicial Electoral realizó a la Jueza Sandra Day O´Connor.

 

Dr. Enrique Ochoa Reza. Jueza O´Connor, gracias por estar con nosotros, un placer. ¿Nos puede explicar cual fue el principal problema en el caso Gore vs Bush, así como la resolución de la Corte?  

 

Supreme Court Justice Sandra Day O´Connor. Primero me remontaré a los antecedentes. En Estados Unidos tenemos un sistema poco común. No contamos con una elección directa para elegir presidente. De hecho los votantes eligen a los electores. Éstos son individuos de cada Estado, que a su vez votan para elegir al presidente. Y ese sistema fue creado en la Constitución. Porque cuando ésta se escribió no contábamos con teléfonos, ni siquiera con telégrafos. No contábamos con ningún medio de comunicación instantáneo; así que se estableció este curioso sistema. De hecho para cambiarlo tendríamos que enmendar la Constitución, y eso es poco probable que suceda.

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Los Territorios del Narcotráfico
Metapolítica / Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza
Ene 1, 2009

 
La administración del presidente Felipe Calderón ha dicho en reiteradas ocasiones que el Estado mexicano va ganando la guerra contra el narcotráfico. Al tiempo, el secretario de Seguridad Pública Federal, Genaro García Luna, apuntaba en una entrevista reciente con The New York Times que Colombia, a pesar de ser reconocido como un ejemplo de éxito en el combate al narco, no ha tenido éxito en reducir el volumen de tráfico de drogas que su país exporta al mundo. Estas afirmaciones nos llevan a preguntarnos: entonces, ¿qué es lo que debemos entender por ganarle la guerra al narco?

 

Si el ejemplo colombiano, que se suele citar como paradigma de una exitosa gestión, no ha logrado disminuir el tráfico de estupefacientes, ¿cuáles son los parámetros que nos permitirán algún día sostener que México le ganó la guerra a los cárteles de la droga?

 

Consideramos que hay dos aspectos en los que el Presidente debe imponerse para afirmar que efectivamente se está ganado la guerra contra el narcotráfico. En primer lugar, el aseguramiento eficaz del territorio nacional, empezando por impedir que el crimen organizado se siga allegando de miles de armas que cruzan con la mayor impunidad las fronteras nacionales, sobre todo desde Estados Unidos. Pero también atendiendo lo que sucede al interior de la geografía del país: que no haya plazas rendidas a las cárteles, ni autoridades municipales o estatales cooptadas por el narco. Una primera medida de éxito será entonces que la presencia del Estado mexicano empuje a una permanente clandestinidad a los grupos de delincuencia organizada.

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Los Retos Políticos para la Implementación de la Reforma de Justicia Penal
Revista de la Facultad de Derecho de México / Enrique Ochoa Reza y Miguel B. Treviño de Hoyos
Dic 1, 2008

 

La modificación constitucional para establecer un sistema de juicios orales en todo el país recibió, en su momento, avales legislativos –federal y locales- sin regateos. Aun así, el compromiso que necesita la reforma, desde diferentes órganos del Estado mexicano y la sociedad civil, para traducirse en una implementación exitosa, es significativo. La desafortunada coincidencia en el tiempo del mandato constitucional de transformar a la justicia mexicana y la mayor crisis de seguridad pública en nuestra historia moderna, le imponen a la puesta en marcha de la reforma mexicana un nivel de complejidad aún mayor.

 

Este artículo busca ser un diagnóstico general de las condiciones políticas y los requerimientos de política pública que será necesario tomar en cuenta para hacer realidad la reforma constitucional. En el caso de la reforma al sistema de justicia penal se vuelve indispensable tomar en cuenta el contexto en que se desarrollará su implementación dada la serie de resistencias burocráticas que se oponen a cambiar un sistema que ha funcionado así –con sus aciertos y deficiencias- poder décadas.

 

Pero no todos los elementos son nubarrones, empecemos por el inventario de los activos políticos a favor de la reforma. En un contexto nacional en el que predominan los temas que polarizan a los partidos, la reforma penal recibió el voto favorable de 462 diputados y 73 senadores. El 98 por ciento de los diputados y 74 por ciento de los senadores presentes en las sesiones en las que se votó la reforma la avalaron.

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Juicios Orales Retos de su implentación
Nexos / Enrique Ochoa Reza y Miguel B. Treviño de Hoyos
Nov 1, 2008

 

La modificación constitucional para establecer un sistema de juicios orales en todo el país recibió, en su momento, avales legislativos – federal y locales – sin regateos. Aún así, el compromiso que necesita la reforma, desde diferentes órganos del Estados mexicano, para traducirse en una implementación exitosa, es significativo. Este artículo busca ser un diagnóstico general de las condiciones políticas necesarias para que la reforma llegue a buen puerto.

 

En un contexto político nacional en el que predominan los temas de polarizan a los partidos, la reforma penal recibió el voto favorable de 462 diputados y 73 senadores. El 98% de los diputados y 74%de los senadores presentes en las sesiones en las que se votó la reforma la avalaron.

 

El 28 de mayo pasado, tan pronto como 18 estados manifestaron su aprobación (ninguno había votado en contra, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió una declaratoria de votos y mandó el decreto con la reforma penal aprobada al presidente de la República, quien finalmente la publicó el 18 de junio.

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Juicios Orales: los retos de su puesta en práctica
El Mundo del Abogado / Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza
Oct 1, 2008

 

Una vez que ha concluido el trámite formal de su aprobación, es momento de pensar en el conjunto de retos implicados en la tarea de hacer realidad los postulados de la reforma judicial en materia de juicios orales. Si aceptamos que el objetivo de la reforma es lograr la transformación a fondo del procedimiento penal en su conjunto, entonces no debemos perder ni un minuto en su puesta en práctica, pues la tarea es de enormes dimensiones.

 

Uno de los artículos transitorios de la reforma señala que la Federación y las entidades federativas tendrán un plazo máximo hasta de ocho años para dar los pasos necesarios a fin de establecer un sistema de juicios orales en materia penal en el país. En consecuencia, debemos tomar desde ahora una serie de decisiones importantes para que no suceda como en otros temas, en los que se tomaron medidas al cuarto para las doce cuando ya el tiempo era insuficiente para lograr los resultados esperados.

 

El tiempo para actuar ha llegado. La reforma judicial puede dar como resultado una mejor justicia penal si se atienden con oportunidad los siguientes cinco retos en la ruta de su implementación.

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Elementos para discutir el modelo de proceso penal que México necesita
Actualidad Judicial / Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza
Jul 1, 2008

 

En México se ha dado una intensa y profunda discusión sobre la reforma del sistema penal. Creemos que dicha reforma es necesaria y pensamos que debe ser un objetivo prioritario en el proceso de consolidación democrática que está viviendo el país. Sin embargo, consideramos que para poder comprender el conjunto de los procesos de transformación penal que están en puerta y para poder evaluar la mejor ruta para la reforma que México necesita en la materia, es oportuno tener claras las características, similitudes y diferencias que tienen los dos sistemas penales más conocidos y difundidos en la actualidad –el sistema inquisitivo y el acusatorio- entre sí. Empecemos, entonces, por contestar tres preguntas básicas: ¿En qué consiste un sistema penal inquisitivo? ¿Cuáles son los elementos sustanciales de un sistema acusatorio? ¿Cuáles son las diferencias fundamentales que nos permiten distinguir entre un sistema inquisitivo y un sistema acusatorio?

 

El primer elemento característico de un sistema penal inquisitivo es que las funciones de investigar, acusar y juzgar están concentradas en una misma autoridad. Esta concentración puede dar lugar a diversos problemas para la administración de justicia. Dada la ausencia de contrapesos, en los sistemas inquisitivos se reduce la posibilidad de que la autoridad, al desempeñar sus distintos roles, actúe de manera imparcial y objetiva.

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El abismo del sistema penal
Nexos / Dr. Miguel Carbonell y Dr. Enrique Ochoa Reza
Jun 7, 2008

 

Cualquier análisis de la realidad del sistema penal mexicano tiene que partir de una certeza: dicho sistema presenta tantas fallas que podemos decir, sin temor a equivocarnos, que está en completa bancarrota. Ninguno de sus principales actores puede estar satisfecho con su funcionamiento actual. Todas las estadísticas disponibles nos permiten concluir que el proceso penal mexicano hace agua por todos lados: a) no sirve para atrapar a los delincuentes más peligrosos; b) permite la existencia de un altísimo nivel de impunidad y corrupción; c) no asegura los derechos fundamentales ni de víctimas ni de acusados; d) no establece incentivos para una investigación profesional del delito y, e) es sumamente costoso si se toman en cuenta sus pobres resultados.

 

Los datos estadísticos que avalan las anteriores conclusiones son muy conocidos, pero quizá valga la pena recordar algunos de los más destacados: 85% de las víctimas no acuden a denunciar los delitos; 99% de los delincuentes no terminan condenados; 92% de las audiencias en los procesos penales se desarrollan sin la presencia del juez; 80% de los mexicanos creen que se puede sobornar a los jueces; 60% de las órdenes de aprehensión no se cumplen; 40% de los presos no han recibido una sentencia condenatoria. El 80% de los detenidos nunca habló con el juez que lo condenó.

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8 Mitos sobre los Juicios Orales
Voz y Voto / Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza
Jun 6, 2008

 

El sistema penal que actualmente tenemos en México nos cuesta mucho dinero y nos ofrece muy pobres resultado. Por eso era necesaria y estaba plenamente justiciada la llamada reforma judicial, que introduce importantes modificaciones constitucionales a los procedimientos penales.

 

La reforma judicial propone cambiar de fondo el sistema penal actual, inquisitivo y escrito, que ha mostrado serios defectos en la práctica, para sustituirlo por un sistema penal acusatorio y oral, que en la experiencia comparada ha probado ser más efectivo para proteger los derechos fundamentales de víctimas y acusados. Las diferencias entre ambos sistemas son notables.

 

El sistema inquisitivo se basa en expedientes escritos, es poco transparente, está alejado del ciudadano y es propenso a la corrupción. Un resultado natural de un sistema así es el elevado nivel de impunidad que se vive en nuestro país. En México de cada cien delitos que se cometen, solamente uno se castiga.

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The Direction of Criminal Justice Reform in Mexico
Voices of Mexico / Miguel Carbonell y Enrique Ochoa Reza
Abr 1, 2008

 

Any analysis of the Mexican criminal justice system must start from a certainty: it is so flawed that we can say without fear of exaggeration that it is completely bankrupt. None ot its main actors can be satisfied with their current functioning. All available statistics lead us to the conclusión that the Mexican criminal process is leaking from every side: a) it is useless for trapping the most dangerous criminals; b) it allows for an extremely high  level of impunity and corruption; c) it does not guarantee the fundamental rights of either victims or accused; d) it does not set up incentives for professional criminal investigations; and e) if we take into account its poor performance, it is extremely expensive.

 

The statistics to back up these conclusions are public knowledge, but perhaps it is worthwhile to remember some of the most outstanding figures in order to later look more closely at some indicators. Eighty-five percent of victims of crime never even file a complaint; 99 percent of offenders are not convicted; 92 percent of criminal hearings take place in the absence of the Judge; 80 percent of Mexicans relieve that judges can be bribed; 60 percent of arrest warrants are never executed; 40 percent of inmutes have not yet been convicted, while 80 percent of detainees have never spoken to the Judge who convicted them.

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