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El Mundo del Abogado
Lic. Mara Gomez, Mtro. Gerardo Laveaga, Dra. Ana Laura Magaloni, Dr. Pedro Salazar y Dr. Enrique Ochoa Reza
May 1, 2010
¿Cuáles deben ser las funciones de nuestro Máximo Tribunal? ¿Está cumpliendo con ellas? ¿Qué retos tiene por delante esta institución? ¿Cuál es el perfil que deben tener los ministros y cómo deben elegirse? Cinco distinguidos académicos –Pedro Salazar, Mara Gómez, Gerardo Laveaga, Ana Laura Magaloni y Enrique Ochoa- someten a juicio a
la Suprema Corte de Justicia
la Nación.
Gerardo Laveaga: Una del as críticas más severas que hace el Banco Mundial a los países en vías de desarrollo es la ambigüedad de sus instituciones. ¿Es éste el caso de nuestra Suprema Corte de Justicia? ¿Es un tribunal de casación que sirve para revisar algunos asuntos en tercera instancia o es, más bien, el órgano del Estado que vela para que ninguna ley vaya más allá del pacto constitucional?
Pedro Salazar: Tiene ambas funciones.
La Corte opera como última instancia en algunos asuntos judiciales pero se encarga, también, de dirimir conflictos entre los poderes del estado.
Enrique Ochoa: es una democracia se espera que
la Suprema Corte sea el garante de la estructura federal y republicana. A mí me parece que nuestra Suprema Corte cumple con esta exigencia. Hay que decir, sin embargo, que la cumple, apenas, desde 1995.Esto lo podemos medir por el número creciente de controversias constitucionales que resuelve, indicador de que las autoridades municipales, estatales y federal confían en sus resoluciones.
Ana Laura Magaloni: Esta ambigüedad, sin embargo, provoca que se olvide del papel más importante que debe tener una Suprema Corte: el de una instancia educadora. Se espera que
la Corte dote de contenido aquellos valores, principios y reglas que distinguen a una democracia de un régimen autoritario. El principal producto de
la Suprema Corte debe ser su jurisprudencia. Y ésta debe definir el modo en que los jueces ordinarios resuelvan las controversias que se les presenten. El diseño de
la Corte cada vez la separa más de la jurisdicción ordinaria, con lo cual se debilita su capacidad para impactar en la renovación de los criterios jurídicos con los que se imparte justicia en México.
Gerardo Laveaga: ¿Valdrá la pena, entonces, dividir sus funciones? Hay quienes piensan que es urgente hacerlo y hay otras a los que sola idea los pone a temblar.
Mara Gómez: No creo que sea necesaria esta división. Si observamos las experiencias en otros países, encontraremos una enorme gama de posibilidades. En Costa Rica por ejemplo, es una sala de
la Corte Suprema –la famosa “Cuarta Sala” – la que se encarga de resolver las controversias de orden constitucional. En Chile, el tribunal constitucional es más bien un órgano que se encarga de revisar la constitucionalidad de las iniciativas aprobadas por el Poder Legislativo antes de que se sancionen y publiquen. En Colombia,
la Suprema Corte es la que se encarga de resolver los conflictos constitucionales y, así ad infinitum…En la actualidad, no creo que exista algún país que siga en puridad los modelos americano y europeo de control de constitucionalidad, y si tengo que pronunciarme en este sentido, parecería delicado crear dos cabezas judiciales en México. En España. Por ejemplo esto ha dado lugar a muchos problemas de orden práctico y político: siempre se está debatiendo cuál de los dos tiene la última palabra. En realidad, no conozco un solo país con sistema dual en el que no se dé la denominada “guerra de cortes”.
Pedro Salazar: Yo no comparto esa opinión. Estoy convencido de que es necesario que existan dos instituciones distintas, en el estilo del modelo tradicional europeo. Basta pensar en los perfiles de nuestros más altos jueces: no se requiere el mismo perfil para ser juez en un tribunal constitucional que en un tribunal de casación. El primero requiere personas con formación teórica sí, pero, sobre todo, con gran sensibilidad política y hasta con experiencia internacional. En el caso de un tribunal de casación, basta que los jueces tengan una carrera judicial y una formación técnica impecable.
Gerardo Laveaga: ¿Puedo complicar la ecuación preguntando si a ésta hay que añadir al Tribunal Electoral?
Enrique Ochoa: Ése es un buen punto. En mi opinión, el Tribunal Electoral debería atender todo lo electoral. Esto incluye dos aspectos: por un lado, establecer con claridad que no proceden los amparos en materia electoral. Desafortunadamente, hoy en día se dan casos en que algunos juzgados resuelven equivocadamente amparos en materia electoral. Por otro lado, si el Tribunal Electoral ha demostrado que puede hacer bien su tarea, ¿Por qué no asignarle, también las acciones de inconstitucionalidad en materia electoral?
Pedro Salazar: Honestamente, no considera que el Tribunal Electoral realice tan bien su tarea. Más de una vez hemos visto cómo se deje influir por consideraciones de carácter político… cómo se doblega. Aun así, no me opondría a que éste revisara asuntos de inconstitucionalidad en materia electoral. La especialización judicial permite que cada institución se dedique a lo suyo.
Ana Laura Magaloni: La doble función de
la Corte no es el problema principal. En Estados Unidos y en Europa lo que más importa a la ciudadanía es la jurisdicción ordinaria. Los criterios generales se obtienen de casos comunes y corrientes. Aquí en México nuestra Corte tiene cada vez menos injerencia en la justicia ordinaria. Ese papel lo desempeñan los tribunales colegiados. Por ello, no hemos visto una Corte que pueda desarrollar en forma sistemática los grandes temas de la justicia constitucional como son la igualdad y la no discriminación o la protección a los derechos de debido proceso.
La Corte no está haciendo lo que le hacer.
Mara Gómez: Bueno,
la Corte no sólo atiende amparos fiscales…De un tiempo para acá hay una tendencia creciente a ejercer la facultad de atracción y atender lo que Ana Laura llama “casos comunes y corrientes”. Basra con leer los periódicos de estos días.
Ana Laura Magaloni: Entiendo que 70 por ciento de sus actividades –por lo menos las de la primera sala- son los amparos fiscales.
Mara Gómez: Sí, puede ser cierto… No tengo conmigo las cifras, pero sin duda es fundamental contar con datos estadísticos confiables. Y es cierto, también, que hay que descongestionar la agenda de
la Corte. Esto, no obstante, es algo que quizá haya que realizar paulatinamente.
Gerardo Laveaga: ¿Por qué, entonces, no pensar en algún mecanismo para que
la Corte pueda elegir lo que le llega? En Estados Unidos existe el wit of certiorari, que permite al Máximo Tribunal desechar cientos de casos.
Pedro Salazar: Y lo que llega en México a
la Corte no le elige
la Corte. Sin ir más lejos, la agenda de los derechos humanos no se ésta construyendo jurisdiccionalmente.
Mara Gómez: ¿Tú crees que sólo descargando la agenda de
la Suprema Corte vamos a mejorar?
Pedro Salazar: Al menos vamos a especializarnos y a saber qué le toca a cada órgano.
Ana Laura Magaloni: En este caso, lo grave es que
la Corte no pueda detectar lo que llega a los tribunales locales, con lo que, en la práctica, se desentienden temas importantísimos para el desarrollo jurisprudencial de los derechos fundamentales.
Mara Gómez:
La Corte, sin embargo, cuenta con la facultad de atracción…
Ana Laura Magaloni: Una facultad que
la Corte debería utilizar estratégicamente. Para ello, antes tendría que dejar de concentrar su carga de trabajo en asuntos de carácter electoral o fiscal. Si no tuviera tantas distracciones,
la Corte podría ejercer esta facultad y determinar qué casos atraer para que éstos sirvieran para desarrollar un nuevo tipo de argumentación jurídica en todos los juzgados y tribunales del país.
Gerardo Laveaga: Esto se dice fácil, pero ¿cómo dejar de atender loa 4,000 asuntos que resuelve al año?
La Corte estadounidense atiende poco más de 100 y, como apunta Ana Laura, casi todos envían una señal importante al resto de los tribunales. ¿Cómo combar esta saturación?
Mara Gómez No es que
la Corte esté saturada. Es que está llena de asuntos menores. Muchos de ellos de carácter administrativo. Debo admitir que
la Corte debe ser más proactiva y dejar de atender un buen número de los asuntos que actualmente atiende. Debe verse más como lo que es y en esto coincido con mis compañeros: el principal órgano de protección jurisdiccional de los derechos humanos en México.
Gerardo Laveaga: ¿Y esto cómo se consigue, Mara? ¿Depende de
la Corte de una reforma constitucional? ¿Es tarea del Poder Judicial o del Poder Legislativo?
Pedro Salazar: Del Poder Legislativo, naturalmente. Los asuntos que ve
la Corte no son menores per sé: porque cuando se conceden amparos – y hay que recordar que 90 por ciento del trabajo de
la Corte implica amparos- sólo se conceden a los quejosos. Estas decisiones no tienen efecto para terceros. Mientras el trabajo de
la Corte únicamente beneficie a un quejoso, ésta no podrá ser el Máximo Tribunal que todos queremos ver en ella. Sus decisiones no tienen el impacto nacional que sería de esperar.
Enrique Ochoa: Así es. Si los amparos que concede
la Corte tuvieran efectos erga omnes, otra cosa sería. Cada asunto tendría mayor relevancia. A lo que dice Pedro, yo añadiría las reformas necesarias desde el ámbito legislativo para consolidar al Tribunal Electoral como órgano constitucional en la materia electoral.
Ana Laura Magaloni: Aunque debemos admitir que el grueso del problema no está en el Poder Legislativo. El problema central está en la forma en que se elabora, hoy día, la jurisprudencia constitucional. Son tesis que se extraen de la sentencia. Nadie conoce los hechos ni los razonamientos del tribunal que las emite. Con ello, la jurisprudencia, más que ser un mecanismo de razonamiento judicial colectivo, se convierte en una serie de reglas fijas que poco ayudan a la calidad de la justicia.
Gerardo Laveaga: ¿Qué habría que reformar en este caso, Ana Laura?
Ana Laura Magaloni: La mente de los jueces. El mayor impedimento para que
la Corte sea lo que debiera ser está en la retórica jurídica y veo, con tristeza, que no hay cabezas que miren a
la Corte desde una perspectiva crítica. Tiene que haber jueces dispuestos a construir un nuevo paradigma jurídico, el paradigma de la democracia constitucional.
Gerardo Laveaga: ¿La transparencia ayudaría a lograr esta reforma en la mente de los jueces? ¿Qué tan útil es que la ciudadanía pueda dar puntual seguimiento al trabajo de un juez o de un ministro?
Pedro Salazar: La transparencia es una buena idea con malos resultados. Estoy pensando, en contracto, en la transmisión en vivo de las sesiones de
la Corte, más que en la transparencia como política pública. Desde mi punto de vista, el resultado por transparentar lo debates en
la Suprema Corte ha sido nocivo. Los tribunales deben hablar por sus sentencias y, hoy por hoy, los ministros están más preocupados por el modo en que los mira la opinión pública que por el fondo del asunto que estudian. No puede haber un trabajo fundamental si uno está más preocupado por la imagen que transmite al público que por el sentido de una sentencia. Por eso no creo que esta transparencia ayude a cambiar el “chip” de la mente judicial. Si una sentencia no está fundada y motivada, como insiste
la Constitución, por más debate que se organice, no puede existir justicia.
Enrique Ochoa: Difiero completamente. La deliberación pública es esencial dentro de un Estado Democrático de Derecho. Los ciudadanos tenemos el derecho de saber cómo piensan y cómo actúan nuestros máximos juzgadores.
Ana Laura Magaloni: Yo coincido con Pedro. Ningún alto tribunal del mundo desarrollado delibera en público. La idea de la deliberación es obtener una voz del tribunal. Subrayo: una voz del tribunal y no la voz de cada uno de sus miembros. Si éstos debaten públicamente, se reporta lo que dice cada ministro y ellos no tienen incentivos para rectificar su posición en caso de que se hayan equivocado. Cuando yo sigo los debates a través del Canal Judicial, me horroriza pensar cómo se traducirá todo ello e una sentencia coherente.
Enrique Ochoa: ¿Suprimirías, entonces, el debate público?
Ana Laura Magaloni: Sí. La deliberación no debe ser pública. A cambio se puede hacer pública una audiencia con las partes interesadas, donde cada una expone sus argumentos jurídicos centrales y los ministros les formulan preguntas. Me gustó mucho, por ejemplo, cómo se manejó en
la Corte el caso del aborto. La ciudadanía quiere oír la voz de
la Corte y no la voz del ministro tal o cual. Por ello, me parece que el debate debe ser privado.
Gerardo Laveaga. ¿Suprimirías el Canal Judicial?
Ana Laura Magaloni: Es lo primero que habría que hacer. En ningún país civilizado existe una cosa así.
Mara Gómez: Me extraña que digas eso, Ana Laura. México no es el único país que cuenta con un Canal Judicial. Brasil tiene el suyo. En cuanto a las políticas de transparencia de
la Suprema Corte de Justicia – y me parece que hacia allá iba orientada la pregunta de Gerardo-, considero que no las podemos reducir sólo a la transmisión de las sesiones del pleno a través del Canal Judicial.
La Corte ha implementado muchas otras políticas en esta materia. Ha creado micrositios para ciertos casos que ameritaban el conocimiento público.
El caso del aborto es un buen ejemplo. Asimismo, ha dado oportunidad a representantes sociales, académicos y diversos funcionarios públicos para que comparezcan ante el pleno a exponer sus argumentos. El caso de la ley de medios, por cita uno. También ha entregado a las partes los proyectos de sentencia antes de que se resuelvan los asuntos e incluso los ha puesto a disposición pública a través de Internet, y además ha creado un Portal de Estadística Judicial denominado @lex que contiene gran cantidad de información de las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales resueltas por
la Suprema Corte en toda la novena época. A mí me parece que si los ciudadanos están enterados de lo que hacen sus máximos jueces, pueden comprender mejor cómo resuelven y, en general, cómo opera el sistema judicial. Es bueno que las instituciones públicas hagan esfuerzos por explicar a los ciudadanos su quehacer cotidiano.
Enrique Ochoa: Electores y contribuyentes deben saber cómo piensan y cómo trabajan los servidores públicos. Eso les da armas a la hora de votar y de opinar.
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